El tardío reconocimiento del carácter mercantil de las sociedades cooperativas y su consecuencia

  • Antonio José Macías Ruano Universidad de Almería
Palabras clave: Sociedades Cooperativas, naturaleza mercantil, competencia legislativa

Resumen

La dispersión normativa en materia de sociedades cooperativas es el efecto de circunstancias históricas y políticas que van más allá de la sentencia del Tribunal Constitucional de 1983 asumiendo la constitucionalidad de la Ley 1/1982, de 1 de febrero, sobre Cooperativas, del País Vasco, a la que siguieron otras de diversas comunidades autónomas hasta el actual marco legal cooperativo. El que no se hubiera asumido por el legislador nacional antes de 1979, fecha de publicación del primer estatuto de autonomía, la naturaleza mercantil de las sociedades cooperativas ha dado lugar a esta situación, sin embargo, el debate y conclusiones del carácter mercantil de las sociedades cooperativas ha estado presente en la doctrina desde mucho antes de dicha fecha. En este trabajo se hace un repaso a las concepciones y justificaciones legales que se ha dado a las cooperativas hasta su actual percepción como sociedades de naturaleza mercantil.

Recibido: 03 julio 2017
Aceptado: 26 septiembre 2017

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Biografía del autor/a

Antonio José Macías Ruano, Universidad de Almería

Doctor en Derecho. Universidad de Almería. Centro Universitario Adscrito de Trabajo Social.

Publicado
2021-03-10
Cómo citar
Macías Ruano, Antonio José. 2021. «El tardío Reconocimiento Del carácter Mercantil De Las Sociedades Cooperativas Y Su Consecuencia». Deusto Estudios Cooperativos, n.º 9 (marzo), 55-86. https://doi.org/10.18543/dec-9-2017pp55-86.
Sección
Artículos